Los locales pueden abrir si son atendidos por sus dueños o por empleados que acepten trabajar, pero quienes lo hagan cobrarán con un recargo del 100%.
La Asociación de la Producción, Industria y Comercio de Corrientes (Apicc) difundió un comunicado para aclarar cómo funcionará la jornada del próximo lunes 28 de septiembre, establecida para la celebración del Día del Empleado de Comercio. La entidad remarcó que la fecha otorga derechos laborales, pero no obliga a los establecimientos a cerrar sus puertas. Según explicó Apicc, los locales pueden funcionar si son atendidos por sus dueños o por empleados que acepten prestar servicios, y la apertura por sí sola no constituye una infracción laboral.
En cuanto a quienes trabajen el lunes 28, desde la entidad se remarcó que los empleados deben cobrar la jornada con un recargo del 100%, tal como está previsto para los feriados. No obstante, se aclaró que la prestación no genera otro día adicional de descanso compensatorio. Por otra parte, quienes decidan no trabajar conservan su pago habitual y no pueden sufrir descuentos ni perder el presentismo. Además, el feriado no puede utilizarse para reemplazar el descanso semanal establecido como franco.
La aclaración fue difundida por Apicc ante las consultas surgidas por el traslado de la celebración al lunes 28 de septiembre. La entidad sostuvo que busca evitar interpretaciones erróneas que puedan generar presiones sobre empleadores o trabajadores, y recordó que el objetivo es garantizar el cumplimiento de los derechos laborales sin generar conflictos en la actividad comercial de la provincia.

