El presidente del Comité de Prevención de la Tortura de Corrientes, Jorge Isetta, alertó sobre las condiciones de detención en la provincia. En diálogo con Nord24, remarcó que garantizar condiciones dignas es central para la reinserción de las personas privadas de la libertad.

Isetta explicó que, en cumplimiento de los tratados internacionales, se formaron comités de prevención de la tortura en todo el país. “Hoy existen 15 comités en diversas provincias, más el comité nacional”, precisó.

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Qué dice la Constitución sobre las cárceles

“Las condiciones de detención también constituyen un agravamiento si estas no son las adecuadas”, señaló Isetta. Y agregó que la Argentina es pionera en la materia: la Constitución de 1853 ya establecía que las cárceles deben ser “sanas y limpias para la reinserción, y no para castigo” de las personas detenidas.

“El objetivo es reinsertarlos, no excluirlos de la sociedad”, sostuvo. En ese marco, reconoció que el Comité recibe críticas en las redes sociales, aunque destacó que trabaja en conjunto con el Servicio Penitenciario para mejorar la situación.

Hacinamiento en el Complejo Penitenciario N°1

“La verdad es que las condiciones de detención no son las mejores en este momento”, admitió Isetta. Señaló en particular a la Unidad 1, el Complejo Penitenciario N°1, que calificó como “prácticamente nuevo” pero con “una situación de hacinamiento bastante grave”.

El propio jefe del Servicio Penitenciario reconoció la situación en una nota anterior con Nord24. Para Isetta, esas condiciones “son tratos inhumanos y degradantes”: “No pueden vivir peor que los que viven los animales en el zoológico”, afirmó.

Pena, castigo y los derechos de las víctimas

Isetta diferenció el concepto de pena del de castigo. “Están cumpliendo una pena, no un castigo. No existe la venganza pública: lo que existe es una condena por haber transgredido una norma”, explicó. “La pena consiste en la privación de la libertad. Ni castigo, ni tormento, ningún tipo de tortura”, agregó.

Consultado sobre los cuestionamientos hacia los organismos de derechos humanos por no atender a las víctimas, Isetta remarcó que la legislación argentina también contempla su participación: puede presentarse como querellante, debe ser notificada cuando el condenado accede a un beneficio, y en algunas jurisdicciones existe la figura del defensor de la víctima. Aclaró que Corrientes todavía no cuenta con esa figura.